Importante fallo judicial en defensa de la libertad de expresión en Chile
La Corte Suprema de Justicia de Chile emitió este lunes 9 de septiembre, un importante fallo por el cual revoca y deja sin efecto la sanción aplicada por el Consejo Nacional de la Televisión -CNTV a Canal 13 de televisión, en ocasión de la emisión de un programa que contenía una escena humorística.
Consideró la Corte, que la frase empleada en la rutina fue emitida a avanzadas horas de la noche y que, en lo medular, era relativa a la propia extinción del personaje, y por completo carente de insinuaciones de orden religioso.
Aparece de manifiesto, según destacan los magistrados, que se trató de un juego de palabras que buscaba provocar un efecto cómico liviano, desprovisto de segundas lecturas. Asimismo, agregan que el análisis efectuado por los jueces recurridos sobrepasó ostensiblemente los hechos objetivos sobre los cuales recayó, pues se orientó a ponderar si la expresión de que se ha venido tratando podía exteriorizarse al amparo de la libertad de expresión y en desmedro de otros derechos en aparente conflicto, sin explicarse de modo suficiente cómo es que la misma expresión resultaba ofensiva.
Inacción así, en un primer error, consistente en asumir que una expresión como la señalada, dicha en un programa televisivo de las características anotadas, y en el contexto y ocasiones también descriptas, tenía la entidad suficiente como para provocar una afectación de derechos constitucionales.
Esa falla los condujo, luego, a incurrir en un segundo yerro, cual fue realizar una ponderación de derechos constitucionales que, por lo antes señalado, era inexistente, y concluir que se había hecho un uso abusivo de la libertad de expresión.
La Corte resolvió en definitiva y por los argumentos expuestos, hacer lugar al recurso de queja interpuesto por Canal 13 de Televisión y dejar sin efecto la sanción impuesta por el CNTV.